Cuesta creer que una Empresa hoy en día engañe a sus clientes de esta forma tan diabólica. Miles de consumidores y usuarios de electricidad están recibiendo este escrito, donde se les amenaza con cortar la luz amparándose en una normativa que nada tiene que ver. De espanto. O contador nuevo, o te cortan la luz.
Menciona el texto enmarcado en rojo que, en conformidad con lo indicado en el párrafo 2º del artículo 14.5 del RD 1110/2007, se ven obligados a suspender el suministro eléctrico. Veamos que dice este párrafo como para verse 'obligados' a cortar la luz.
Pues el citado párrafo segundo en la carta de IBERDROLA, nos obliga a ir al artículo 85 del RD 1955/2000, vamos a verlo:
Pues menuda sorpresa que nos llevamosYa de entrada el título del artículo lo dice todo. Son muchas las preguntas que hacerse.
La nuestra es muy sencilla: ¿Va IBERDROLA a cortar la luz a un cliente, por no dejarle cambiar el contador, estando al corriente de pago en sus recibos ? |
Si te encuentras en esta situación o similar, puedes abrir una consulta en nuestro gestor de tickets, y te daremos respuesta de inmediato.
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