La Directiva Europea de Eficiencia Energética establece en sus artículos 9 y 10 las características y requisitos de los nuevos contadores de medida, de telegestión a distancia, o más conocidos como ‘Contadores Inteligentes’.

El Gobierno presentó mediante ‘Participación Pública’ en su página web del Ministerio de Industria:

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE TRANSPONE LA DIRECTIVA 2012/27/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO DE 25 DE OCTUBRE DE 2012, RELATIVA A LA EFICIENCIA ENERGÉTICA, EN LO REFERENTE A AUDITORÍAS ENERGÉTICAS, ACREDITACIÓN DE PROVEEDORES DE SERVICIOS Y AUDITORES ENERGÉTICOS, PROMOCIÓN DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA Y CONTABILIZACIÓN DE CONSUMOS ENERGÉTICOS

El Gobierno presentó al Consejo de Estado el 12 de febrero 2015 el mencionado Proyecto de Real Decreto, emitiéndose Dictamen en fecha 23 de abril de 2015. Sabiendo que estábamos denunciados en Bruselas, con un procedimiento en curso de investigación por parte de la Comisión Europea ¿Por qué esperó el Gobierno un año en publicar el Real Decreto 56/2016?

Se confirma y acredita que finalmente el contenido del Real Decreto 56/2016 publicado en el BOE el 13 de febrero 2016, difiere respecto al presentado públicamente y entregado al Consejo de Estado en tan solo una cosa; Han eliminado la última incorporación a la transposición parcial"contabilización de consumos energéticos".


Ahora más que nunca tenemos la gran oportunidad de conseguir con éxito rotundo una Sentencia contra los Contadores Inteligentes. El Gobierno está reconociendo su negligencia. Ya los denunció la Plataforma QAE en Bruselas, ahora lo denunciamos en la Audiencia Nacional

 

¿te unes?

Sin dinero no podemos denunciar