Michael Mansfield IMAGEN 5G

Tres secretarios de Estado han sido demandados por permitir la tecnología 5G sin el consenso científico y sanitario en el Reino Unido.

El conocido Abogado Michael Mansfield, quien fue uno de los Ministros-consejeros de la Reina de Inglaterra, es conocido por llevar casos de denuncias colectivas que atentan contra la ciudadanía y los consumidores. Actualmente es el presidente de la Asociación de Abogados Haldane.

 

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El caso denunciado se refiere a una cuestión de importante seguridad pública. Aumenta el riesgo al que está expuesta la sociedad británica, con especial atención a las personas particularmente vulnerables y los niños, sin haber dado su consentimiento o acuerdo para exponerse a ese riesgo; y sin una consideración adecuada por parte de las autoridades sanitarias pertinentes de la creación de los riesgos para la salud pública provocados por el hombre mediante la tecnología 5G.

Se han presentado abundantes documentos que contienen evidencia suficiente de una multitud de expertos respetados y eminentes sobre los efectos en la salud de la tecnología utilizada por 5G y los riesgos asociados para el público y las personas, sobre los cuales los Demandados se negaron a actuar.

 

Demanda colectiva contra:

Los Demandados no pueden continuar legalmente ignorando o pasando por alto la evidencia que indica la existencia de un riesgo que no ha sido cuantificado. Hasta la fecha, no ha habido un compromiso con este cuerpo de evidencia y un intento inapropiado de delegar cualquier evaluación de riesgo a un organismo externo, un organismo contra el cual los miembros critican legítimamente las finanzas de la industria y el conflicto de intereses.

 

Los problemas incluyen:

Ausencia de la debida investigación de la naturaleza y el alcance de los riesgos para la seguridad de las personas y la salud humana por parte de las autoridades competentes del Reino Unido;

Ausencia de medidas, sistemas y medidas de salvaguardia adecuados para abordar los riesgos identificados o los riesgos potenciales;

Falta de adopción y aplicación de un principio de precaución, o previsión informada, a la exposición de niños y adultos que no lo consienten a un riesgo de daño.

La ley proporciona un marco que demuestra la ilegalidad de la inacción y los errores de los órganos ejecutivos que se han impugnado, manifiesta el abogado Michael Mansfield, representante legal del colectivo ciudadano que ha presentado las acciones judiciales.

Hacer rendir cuentas a las autoridades ejecutivas o legislativas para cumplir con la ley y los deberes legales es sin duda una función propia y esencial de la Corte, especialmente en el contexto de la protección de las personas contra daños que incluyen la muerte o lesiones graves, ha afirmado.

 

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Los motivos son:

Los Demandados infringen el artículo 6 de la Ley de Derechos Humanos de 1998 como resultado de omisiones y fallas en la violación de las obligaciones positivas que deben cumplir los artículos 2, 3 y 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Los Demandados no han tenido en cuenta el interés superior de los niños al considerar la formulación, actualización o revisión del enfoque apropiado de la política 5G y la evaluación de riesgos para los niños expuestos. Como alternativa, no han hecho de esto una consideración primordial.

Los Demandados están incumpliendo el Deber de Igualdad del Sector Público (“PSED”) (s149 EA 2010). No ha habido una evaluación de igualdad, dentro del significado y los términos del PSED, para informar adecuadamente y ser considerado en las decisiones sobre el riesgo que representan las radiofrecuencias inalámbricas y que afecta, por ejemplo, la aprobación de la tecnología 5G en general y de las ubicaciones permitidas del 5G y de la política para adoptar las directrices del ICNIRP.

El SSHSC incumple su deber legal bajo la s2A de la Ley del Servicio Nacional de Salud de 2006, ya sea como resultado de una delegación ilegal o abdicación de la función legal a una organización privada externa; además se han tomado medidas de forma irracional en virtud de este poder y  no se ha ejercercido su discreción de acuerdo con el propósito legal.

Los Demandados no han tenido en cuenta que estamos ante una consideración relevante, ni han dado la debida consideración a todas las pruebas, información y preocupaciones que les hemos planteado.

Los Demandados no han proporcionado razones adecuadas y suficientes para la decisión de no establecer un proceso de investigación y así establecer los efectos adversos para la salud de la tecnología 5G ante la evidencia científica disponible.


FUENTES OFICIALES:

https://actionagainst5g.org/blog/case-update-8/

https://ehtrust.org/uk-legal-case-filed-against-5g-in-court/

http://nexuschambers.com/michael-mansfield-qc

https://worlddoctorsalliance.com/blog/5g-michael-mansfield-qc/

Activistpost.com >> https://cutt.ly/HbSMlVQ 

https://youtu.be/H3-pohAeDQM 

https://youtu.be/hGz2Lnkl-oI 

 


 

CONOCE LA DENUNCIA COLECTIVA CONTRA EL 5G EN ESPAÑA

TRIBUNAL DD.HH DENUNCIA COLECTIVA


PLATAFORMA CIUDADANA QAE


 

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