EUROPA REGULA DERECHO DESCONEXION

 

El Parlamento Europeo impulsa la regulación de un Derecho básico para que la desconexión digital sea fundamental a toda la ciudadanía de la Unión Europea.

El pasado 21 de enero se publicó la Resolución P9_TA-PR(2021)0021 por la cual se promueve a la Comisión Europea, a través de 10 Considerandos y 28 observaciones, para que establezca un marco jurídico con una propuesta relativa sobre el Derecho a desconectarse, siguiendo las recomendaciones que se recogen en un anexo que elabora y entrega en la mencionada Resolución.

Una vez analizado por QAE el material publicado por la UE, los puntos que consideramos más importantes y a destacar de esta iniciativa son, entre otros, los siguientes:

 

Considerando D:

Considerando que el uso de herramientas digitales durante largos períodos de tiempo puede provocar una reducción de la concentración y una sobrecarga cognitiva y emocional; que las manipulaciones monótonas y repetitivas y una postura estática durante largos períodos pueden dar lugar a trastornos musculoesqueléticos; que el Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer ha clasificado la radiación por radiofrecuencia como posible carcinógeno; que las mujeres embarazadas pueden estar expuestas a un riesgo particular cuando están expuestas a la radiación de radiofrecuencia;

 

Considerando E:

Considerando que el uso excesivo de dispositivos tecnológicos puede agravar fenómenos como el aislamiento, la tecnodependencia, la falta de sueño, la ansiedad y el agotamiento emocional y físico; que, según la OMS, a nivel mundial más de 300 millones de personas padecen depresión y trastornos mentales comunes relacionados con el trabajo y que el 38,2 % de la población de la Unión padece cada año un trastorno mental;

 

Observación 2:

Destaca que la conectividad constante combinada con una elevada demanda de trabajo y la expectativa creciente de que los trabajadores estén localizables en cualquier momento, puede afectar negativamente a sus derechos fundamentales y al equilibrio entre su vida privada y su vida profesional, así como a su salud física y mental y su bienestar;

 

Observación 6:

Considera que las interrupciones del tiempo no laborable de los trabajadores y la ampliación de su jornada laboral pueden aumentar el riesgo de que se realicen horas extraordinarias no remuneradas, de fatiga laboral, problemas psicosociales, mentales y físicos, como la ansiedad, la depresión, el desgaste y el tecnoestrés, y pueden tener un impacto negativo en su salud y seguridad en el trabajo, su equilibrio entre la vida profesional y la vida privada y su tiempo de descanso;

 

Observación 7:

Toma nota de las conclusiones de Eurofound, según las cuales (…) observa, además, que los teletrabajadores regulares comunican con más frecuencia que sufren estrés relacionado con el trabajo y se ven afectados por trastornos del sueño, estrés y exposición a la luz de pantallas digitales, y señala que otros efectos en la salud de los teletrabajadores y de los trabajadores «muy móviles» son dolor de cabeza, astenopia, fatiga, ansiedad y los trastornos musculoesqueléticos; toma nota de las conclusiones de Eurofound que indican que el teletrabajo regular desde el hogar puede tener consecuencias físicas negativas para los trabajadores, ya que los espacios de trabajo establecidos ad hoc en el hogar, así como los ordenadores portátiles y otros equipos de TIC, pueden no cumplir las normas en materia de ergonomía; pide a la Comisión y a los Estados miembros que mejoren la investigación y la recopilación de datos y que lleven a cabo una evaluación detallada de estos problemas; destaca que la importancia de abordar estas cuestiones aumenta a la luz de las previsiones de expansión del teletrabajo a largo plazo;

 

Observación 9:

Subraya que el Derecho de los trabajadores a desconectarse es crucial para proteger su salud física y mental y su bienestar, así como para protegerlos frente a los riesgos psicológicos; reitera la importancia y los beneficios de aplicar evaluaciones de riesgos psicosociales a nivel de empresas públicas y privadas, y reitera la importancia de promover la salud mental y prevenir los trastornos mentales en el lugar de trabajo, creando mejores condiciones tanto para los trabajadores como para los empleadores; reconoce que los comités de salud y seguridad creados por los interlocutores sociales pueden desempeñar un papel positivo a la hora de garantizar evaluaciones de riesgos más frecuentes y precisas;

 

El documento íntegro se puede descargar en el enlace que encontrarás al final del artículo, sección FUENTES OFICIALES.

En opinión de Concepción Morales, Magistrada del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, “se trata de una iniciativa excelente, pertinente y oportuna en este preciso momento”, porque estamos, y así debe estar configurado por el legislador, ante un derecho fundamental, que se puede vincular con el Derecho a la integridad física consagrado en el artículo 15 de la Constitución, y con las obligaciones empresariales en materia de prevención de riesgos laborales”.

 

Como ya venimos comunicando en nuestros artículos, el objetivo de la Plataforma QAE es difundir todo lo relacionado con la tecnología inalámbrica y en concreto los daños y perjuicios que esta causa a la Salud de las personas y al Medio Ambiente. Para ello, estamos promoviendo una Denuncia Colectiva para presentar en los Tribunales Europeos en la cual se solicita, entre otros apartados, la MORATORIA de la Tecnología 5G en España, así como la aplicación del PRINCIPIO DE PRECAUCIÓN establecido en el artículo 191 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

El Tratado de Maastricht introdujo el principio de precaución (posteriormente retomado por el art. III-233 de la Constitución europea) actualmente enunciado en el art. 191 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, donde se sostiene que la política medioambiental de la Unión tiene como objetivo un alto nivel de protección y "se basa en los Principios de Precaución y prevención, principalmente en la fuente, de los daños causada al medio ambiente y según el principio de "quien contamina paga".

La palabra ‘Salud’ aparece en este nuevo proyecto legislativo en 35 ocasiones. Y la ‘contaminación electromagnética’, también conocida como ‘electrosmog’ , está regulada y legislada por lo que es un frente de batalla activo para la Plataforma QAE.


 

 

CONOCE LA DENUNCIA COLECTIVA CONTRA EL 5G EN ESPAÑA

TRIBUNAL DD.HH DENUNCIA COLECTIVA


FUENTE OFICIAL:

https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-9-2021-0021_ES.html


PLATAFORMA CIUDADANA QAE

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