TERESA RIBERA LEY CLIMA

El gobierno presenta en el Congreso de los Diputados un proyecto de Ley para el Cambio Climático sin incluir la electropolución, volviendo a incumplir con la Resolución 1815/2011 del Consejo de Europa.

Una vez analizado el documento publicado por el gobierno en internet, esta Plataforma Ciudadana llega a la conclusión que la única preocupación de este gobierno de coalición es puramente el económico. Analicemos con detalle varios puntos críticos;

Ante la emergencia climática, España fija por ley sus objetivos nacionales de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero a 2030 en un 20% respecto a los niveles de 1990.

También cita lo siguiente;

El objetivo final de la ley es que España alcance, a más tardar en el año 2050 la neutralidad de emisiones, es decir, antes de llegar a mitad de siglo el país solo emitirá la cantidad de gases de efecto invernadero (GEI) que sus sumideros puedan absorber.

No podemos menos que abordar la definición real de qué son los ‘gases de efecto invernadero’;

La comunidad científica coincide y hay numerosas evidencias de que, desde que se queman combustibles fósiles en el planeta, los seres humanos hemos cambiado las características de la atmósfera originando el calentamiento global. Para entender este fenómeno, es necesario en primer lugar comprender el efecto invernadero.

La radiación electromagnética es una combinación de campos eléctricos y magnéticos oscilantes que se propagan transportando energía. Las personas y muchos otros seres vivos somos capaces de ver radiaciones electromagnéticas,  dentro de un estrecho rango de frecuencias que llamamos espectro visible.

Los objetos calientes emiten una radiación electromagnética que llamamos radiación infrarroja. La Tierra recibe del sol enormes cantidades de radiación en forma de luz visible, ultravioleta e infrarroja, así como otros tipos que son invisibles para el ojo humano que al ser absorbidas, calientan su superficie. Al calentarse, emite radiación térmica que es infrarroja. El CO², el metano y el agua presentes en la atmósfera absorben gran parte de esa radiación saliente devolviéndola a la superficie, lo cual hace que el planeta conserve calor. Este fenómeno es el efecto invernadero.

En resumen, es un balance entre la energía entrante y la energía saliente al Planeta Tierra. Si no hubiese dióxido de carbono en la atmósfera, la superficie de la Tierra estaría congelada y por lo tanto los humanos no estaríamos aquí.

Sin embargo hay un atento equilibrio en este balance, y es este equilibrio entre la radiación entrante y la saliente el que hace que la Tierra sea habitable, con una temperatura media de unos 15ºC. Sin este equilibrio, la Tierra sería tan fría y sin vida como la Luna o Marte, o bien podría ser tremendamente caliente como Venus.

Dicho esto, es fundamental e imprescindible que una Ley de Cambio Climático, si se pretende ser realistas y objetivos, disponga en su contenido y gramática un amplio abordaje a todo lo relacionado con los Campos Electromagnéticos así como la Electropolución.

La radiación de radiofrecuencias ha demostrado ser perjudicial para el Medio Ambiente. La Agencia Internacional de Investigación del Cáncer (IARC) así como la ONU y el Consejo de Europa, vienen advirtiendo de los riesgos de la exposición a radiofrecuencias, así como de la especial vulnerabilidad a dicha exposición de las personas que terminan padeciendo daños a la Salud al convertirse en electro-hipersensibles.

La tecnología inalámbrica, la telefonía móvil, el 5G … etc necesitará transmitir enormes cantidades de datos, para lo cual utilizará ondas milimétricas, que penetran poco en el material sólido. “Esto requerirá que cada operador instale estaciones base cada 100 metros en las áreas urbanas de las ciudades, utilizando el mobiliario urbano público: farolas, marquesinas, semáforos, etcétera”.

Así lo señalan representantes de la comunidad médica y científica, de organizaciones medioambientales y más de 192.000 firmas recogidas en 203 países, que han pedido un llamamiento en el que exije a la ONU, a la OMS, a la Unión Europea, al Consejo de Europa y a los gobiernos de todas las naciones que paralicen “urgentemente” el despliegue de esta tecnología.

“La implantación del 5G incrementará masivamente la exposición a la radiación de radiofrecuencia de las telecomunicaciones, acumulándose a la ya existente con las actuales redes 2G, 3G, 4G y wifi”. Esto es una realidad y está demostrado Científicamente. Es abundante la literatura publicada en las últimas décadas, por lo que se hace indiscutible el no tenerla en cuenta. Hablar de Tecnología 5G es hablar de ‘Campos Electromagnéticos’, es fundamental una EDUCACIÓN adecuada en esta materia.

Respecto a la ‘Educación Ambiental’ que se ha incorporado al Proyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética, se establece que el Gobierno revisará el tratamiento del cambio climático en el currículo básico de las enseñanzas que forman parte del Sistema Educativo, incluyendo los elementos necesarios para hacer realidad una educación para el desarrollo sostenible. Asimismo el Gobierno, en el ámbito de sus competencias, impulsará las acciones que garanticen la adecuada formación del profesorado en esta materia.

Asimismo, el Gobierno promoverá que las universidades procedan a la revisión del tratamiento del cambio climático en los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios oficiales en los que resulte coherente conforme a las competencias inherentes a los mismos, así como la formación del profesorado universitario en este ámbito. Es FUNDAMENTAL que la ‘Educación Ambiental’ incluya la Contaminación Electromagnética. Desde esta Organización somos conscientes de que el gobierno de coalición se encuentra atrapado por el Lobby energético y el de las Telecomunicaciones, pero no se le puede poner puertas al campo. Si queremos librar una real y verídica batalla contra los daños y perjuicios a nuestro Medio Ambiente, no podemos permitirnos que no se tenga en consideración las graves consecuencias que supone no trasladar a la Sociedad la realidad de la contaminación electromagnética.

Es de vital importancia y fundamental que se incluya en este programa de EDUCACIÓN en la docencia todo lo relacionado con la ‘Contaminación Electromagnética’ pues esta es una realidad y ningún gobierno puede darle la espalda como pretende el de España con este Proyecto que consideramos inadmisible.

Tampoco se tiene en cuenta las observaciones y requerimientos de la Resolución del Defensor del Pueblo de 21 de agosto de 2019, en la que reconoce que la implantación de la tecnología 5G en nuestro país no ha sido objeto de evaluación ambiental previa”. No se ha realizado oficialmente ninguna evaluación ambiental relacionada con el Plan 5G ni de los proyectos piloto derivados del mismo. “Tampoco se ha justificado la negativa del Ministerio de Economía y Empresa a gestionarla, y ello a pesar de que diversas Asociaciones lo solicitaron durante el trámite de información pública del Plan 5G”, las cuales incluso forman parte del Comité Asesor del Medio Ambiente (denominado CAMA) que, según indica el anteproyecto de Ley objeto de este estudio, han participado en la elaboración de este proyecto de Ley. 

Además, el gobierno vuelve a desaprovechar un momento histórico para la normalización legislativa en relación a nuestros compromisos con los caminos marcados por la UE, al no incluir en este proyecto de Ley todo lo relacionado con la Resolución del Consejo de Europa.

<Peligros potenciales de los campos electromagnéticos y sus efectos sobre el Medio Ambiente> Así se titula la mencionada Resolución aprobada en el año 2011 y que España, mediante sus gobiernos desde esa fecha, ha evitado incorporar a nuestro marco jurídico; ahora es el momento de hacerlo. Esta Ley nacerá sin espíritu de vanguardia si seguimos dándole la espalda a esta realidad.

La Asamblea Parlamentaria ha destacado reiteradamente la importancia del compromiso de los Estados de preservar el medio ambiente y la salud ambiental como se indica en numerosas cartas, convenios, declaraciones y protocolos desde la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente Humano y la Declaración de Estocolmo (Estocolmo, 1972). 

La Asamblea se refiere a su trabajo anterior en este ámbito, incluida la Recomendación 1863 (2009) sobre el Medio Ambiente y Salud, la Recomendación 1947 (2010) sobre el ruido y la contaminación lumínica y, en general, la Recomendación 1885 (2009) para el desarrollo de un protocolo adicional para Convenio Europeo de Derechos Humanos sobre el derecho a un medio ambiente sano y la Recomendación 1430 (1999) sobre el acceso a la información, participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente (Aplicación del Convenio de Aarhus). 

Además, la Asamblea Europea señala que el problema de los campos u ondas electromagnéticas y su impacto potencial sobre el Medio Ambiente es, obviamente, comparable a otros problemas actuales, tales como la autorización de la comercialización de medicamentos, productos químicos, pesticidas, metales pesados o los organismos genéticamente modificados.


Por lo tanto, se destaca la importancia crucial de la independencia y la credibilidad del acervo científico para obtener una evaluación transparente y objetiva de los posibles efectos adversos sobre el Medio Ambiente y la salud humana.

Mientras no se aborde con rigor y disciplina este ambicioso proyecto, España seguirá a la cola del reto medioambiental.


 

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