FOTO-AUDIENCIA-PROVINCIAL-bajopeso 

La Justicia cada vez está siendo más severa con los supuestos ‘fraudes eléctricos’ que son Denunciados por los Consumidores en los Juzgados. Desde que el Gobierno publicó en el BOE el RD 1048/2013, de 27 de diciembre, las notificaciones a los Clientes de ‘supuesta manipulación’ han crecido más de un 300%.

El origen de esta situación se encuentra en el artículo 40 del mencionado Real Decreto, el cual dice:

Incentivo a la reducción del fraude.

1.Se crea un incentivo a la reducción del fraude en el sistema eléctrico, F in , que se percibirá el año n y estará asociado al fraude detectado y puesto de manifiesto en el año n–2. Tendrá consideración de fraude detectado a los efectos del presente incentivo aquel cuya existencia e importe hayan sido declarados por este concepto e ingresados en el sistema de liquidaciones en el año n–2.

2. El incentivo a la reducción de fraude de la empresa distribuidora i en el año n podrá alcanzar el 1,5 por ciento de la retribución sin incentivos de dicho año. Esta cuantía podrá ser modificada mediante orden del Ministro de Industria, Energía y Turismo, previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.

3. La empresa distribuidora percibirá en la retribución del año n el 20 por ciento de los peajes declarados e ingresados en el sistema en concepto de peajes defraudados al sistema en el año n–2, de acuerdo con lo establecido en el real decreto en el que se regulan las condiciones de contratación y suministro de energía eléctrica.

4. Anualmente junto con la propuesta de retribución señalada en el artículo 10.1, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia remitirá una propuesta motivada de la cuantía a percibir por cada empresa distribuidora i en concepto de incentivo a la reducción del fraude en el sistema eléctrico, F in , a percibir el año n por el fraude detectado y puesto de manifiesto en el año n–2, de acuerdo a la metodología establecida en el presente capítulo.

Este exagerado aumento que declaran las Compañías Eléctricas desde la aprobación del incentivo del 20% mencionado en el artículo 40, siempre guarda relación con el momento de ir a cambiar el contador, por el nuevo equipo de Telemedida a distancia, más conocido como ‘ Contador Inteligente ‘

Así lo atestigua el análisis que ha efectuado la Plataforma Ciudadana QAE tras revisar los más de 1.000 expedientes que ha gestionado durante los últimos 18 meses.

Tras recibir el Cliente un escrito de la Compañía Eléctrica en el cual le indican que han detectado una incidencia en el equipo de medida, se le impone una sanción económica, que en algunos casos superan los 2.500 euros. Esto se produce sin ningún tipo de informe de inspección conforme a la normativa vigente, pues la Eléctrica envía junto a la carta, 2 folios prácticamente inteligibles para cualquier consumidor, con independencia de que esa Inspección se ha realizado sin tener previo conocimiento el Titular del Contrato de Suministro, tal y como establece la Ley.

El artículo 255 del Código Penal regula el Delito del Fraude eléctrico en las siguientes condiciones:

SECCIÓN 3.- De las defraudaciones de fluido eléctrico y análogas

Artículo 255

  1. Será castigado con la pena de multa de tres a doce meses el que cometiere defraudación utilizando energía eléctrica, gas, agua, telecomunicaciones u otro elemento, energía o fluido ajenos, por alguno de los medios siguientes:

1.º Valiéndose de mecanismos instalados para realizar la defraudación.

2.º Alterando maliciosamente las indicaciones o aparatos contadores.

3.º Empleando cualesquiera otros medios clandestinos.

2. Si la cuantía de lo defraudado no excediere de 400 euros, se impondrá una pena de multa de uno a tres meses.

Sin embargo las Eléctricas tienen sus propias normas y se saltan la Legislación cada dos por tres. Tener conocimiento de un Delito, también es en sí un Delito, por lo que las eléctricas al no ponerlo en conocimiento de las Autoridades Públicas Competentes, están infringiendo la propia legislación.

Y así ha sucedido con 117.354 Consumidores en el año 2013 y con 162.964 en el 2014, según información facilitada por la Cadena SER recientemente.

La Justicia ya ha comenzado a crear Jurisprudencia mediante sentencias demoledoras contra las Compañías Eléctricas que practican esta metodología nada lícita a priori por lo que se está pudiendo comprobar. Por ello, Sentencias de Audiencias Provinciales como Valencia, Madrid, Badajoz, Zamora, Cáceres …… están condenando a las compañías eléctricas por utilizar este mecanismo de forma negligente y perversa, pues el único objetivo que pretenden es percibir ese diferencial del 20%, sobre el importe resultante de aplicar el artículo 87 del RD 1955/2000.

El 90% de las notificaciones que está recibiendo esta Plataforma Ciudadana QAE se manifiesta que se ha de proceder al abono de una cantidad nada baladí, por haber detectado ese supuesto fraude, por lo que a la hora de aplicar el cálculo establecido en este artículo 40, se produce un requerimiento de consumo de energía que en ocasiones triplica el de todo un año de ese punto de suministro.

Por ello, las Sentencias de las Audiencias Provinciales son muy importantes, pues acorralan a las intenciones negligentes de las eléctricas, al pretender cobrar un dinero, sin haber denunciado el hecho delictivo. Obviamente de hacerlo (denunciar en los juzgados a su cliente) perderían la capacidad de facturar por este concepto.

Incluso la CNMC en su informe PDN/DE/001/2015 de fecha 16 de julio 2015, indica que el incentivo del 20% para la detección del fraude debería de ser eliminado, pues desnaturaliza el fin perseguido. El verdadero fraude eléctrico, que sin lugar a dudas existe, pero no como para haber aumentado más de un 300%, y curiosamente desde la publicación del RD 1048/2013.

 

Estamos sentando Jurisprudencia

El concepto jurisprudencia se utiliza en el lenguaje del derecho, para referirse al conjunto de pronunciamientos que dictan las personas que tienen capacidad y facultad de interpretar las normas jurídicas, adaptándolas a cada caso concreto.

El paso de la legislación y el establecimiento de las leyes a su real cumplimiento requieren de decisiones, que a veces no están explícitas en las normas. Justamente por estas cuestiones de jurisprudencia es que los jueces no son ni podrán ser jamás personas mecánicas que actúen al pie de la letra, sino que deben formar y poseer criterios particulares.

La jurisprudencia se forma a partir de todos los fallos de tribunales judiciales, ya que todo constituirá un precedente de acción. Es por esto que una decisión de un juez no tiene solamente el efecto actual, sino que servirá de precedente para futuras ocasiones, tanto de ellos como de otros magistrados. La frase ‘sentar jurisprudencia’ se usa justamente para aquellas situaciones en las que un juez establece los parámetros con los que la justicia comenzará a expedirse en algún caso.

La jurisprudencia es entonces una fuente del derecho, cuyo valor varía según la organización de cada país. Se diferencia de las otras fuentes que podrán ser la legislación (en donde se incluyen la Constitución, las Leyes Nacionales y Municipales, los decretos de menor valor), la doctrina (estudios y observaciones de carácter científico, realizadas a partir de juristas), la costumbre (circunstancias que, sin ir en contra de ninguna ley o decreto, se repiten por un tiempo y son aceptadas por una comunidad hasta transformarse en culturales, aunque no estén registradas ni legisladas). 

Conclusión; hay que seguir denunciando en los Juzgados el uso inadecuado del tan mencionado artículo 87 del Real Decreto 1955/2000 por parte de las Compañías Eléctricas. La Justicia está de parte del Consumidor, y se evidencia con sus Sentencias.




PREGUNTAS FRECUENTES

 

¿Qué es lo primero que tengo que hacer si me acusan de haber manipulado un contador?

La Plataforma QAE dispone de un equipo jurídico especializado en legislación energética. Si tu eléctrica te acusa de una manipulación en tu contador de electricidad, cumplimenta nuestro formulario que contactaremos contigo a la mayor brevedad posible.

 

¿Cuánto tiempo tengo para poder hacer algo al respecto?

Todo depende del caso y la forma en como se ha procedido a la inspección de la eléctrica. En la Plataforma QAE conocemos todas las formas legales de actuación. Contacta con nosotros si te acusan de un contador manipulado.

 

¿Cuánto tiempo puede tardar en resolverse un caso así?

Hay casos que los resolvemos en semanas y otros cuando interviene un juzgado puede tardar un par de meses. Todo depende del caso. Si quieres conocer más detalles, contacta con la Plataforma QAE. Nuestro servicio de Asesoramiento es gratuito. 

 


Lo que opinan de nosotros

BANNER OPINIONES


DEMANDAS PERSONALIZADAS


ANIVERSARIO QAE