FOTO-BORJA-PRADO-bajopeso

El Presidente de la Eléctrica ENDESA ha comunicado personalmente que la práctica totalidad del Plan de Instalación de Contadores Inteligentes pendientes de sustituir, lo realizarán con un año de adelanto a lo establecido en la Legislación vigente. En otras palabras, incumplirán con lo regulado y establecido en la Orden Ministerial ITC/3860/2007, de 28 de diciembre, en su Disposición adicional primera “Plan de sustitución de equipos de medida” establece que en los suministros con hasta 15 kW de potencia contratada deberán ser sustituidos por nuevos equipos que permitan la discriminación horaria y la telegestión antes del 31 Diciembre de 2018.

Según se establece en la ORDEN IET/290/2012 publicada en el BOE de fecha 21 febrero 2012, en su artículo único se establece lo siguiente:

«2. El número de equipos que deberán ser sustituidos por cada una de las compañías distribuidoras se establece como un porcentaje del total del parque de contadores de medida de cada una de dichas empresas para este tipo de suministros y deberá ajustarse a los valores que se señalan a continuación para cada intervalo de tiempo:

a) Antes del 31 de diciembre de 2014 deberá sustituirse un 35 por ciento del total del parque de contadores de hasta 15 kW de potencia contratada de cada empresa distribuidora.

b) Entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2016 deberá sustituirse un 35 por ciento del total del parque de contadores de hasta 15 kW de potencia contratada de cada empresa distribuidora.

c) Entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de diciembre de 2018 deberá sustituirse un 30 por ciento del total del parque de contadores de hasta 15 kW de potencia contratada de cada empresa distribuidora.

A la vista está que en los últimos 24 meses del Plan de Sustitución, se han de sustituir un 30%, por lo que adelantarse a los plazos establecidos en la Legislación, es un quebranto de Ley y perfectamente denunciable.

El Gobierno estableció un calendario de sustitución de los nuevos dispositivos de Telegestión, más conocidos como ‘Contadores Inteligentes’, mediante la Orden Ministerial IET/290/2012 y la resolución de 2 de junio de 2015, por la que se aprueban los procedimientos a efectos de facturación y liquidación de energía vendida a los Consumidores y Usuarios.

Lo que no puede permitir la Sociedad es que las Compañías Eléctricas impongan a su criterio unilateral estas decisiones, vulnerando la Legislación de los Consumidores y Usuarios. Si todavía no te han cambiado el Contador de electricidad por el nuevo ‘Contador Inteligente’, todavía estás a tiempo para rechazarlo.

La Plataforma Ciudadana QAE ha diseñado una aplicación automática mediante la cual puedes notificar con un Burofax y mediante testimonio Notarial tu rechazo fehaciente a este cambio. No permitas que hagan con tu instalación eléctrica lo que quiera la Compañía Eléctrica. Tienes todo el Derecho a tu favor, no dejes que te impongan un dispositivo que no es obligatorio hasta dentro de 2 años. Tu factura de la Luz te lo agradecerá.