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Miedo, pánico, terror, son algunas de las consecuencias instantáneas que produce una notificación de tu compañía eléctrica, al amenazarte con suspender el suministro eléctrico por no dejarles cambiar el Contador Inteligente. Las Coacciones son un Delito y está regulado en el Código Penal, artículo 172 y conlleva hasta 3 años de prisión para quien la ejerciera. Las Eléctricas juegan con fuego.

Las Compañías Eléctricas ha cambiado su estrategia y han decidido amenazar y coaccionar a sus Clientes mediante notificaciones certificadas, donde utilizan indebidamente la normativa que regula la suspensión del suministro eléctrico. En concreto, y basándonos en el caso más general cuya imagen reproducimos a continuación, utilizan el artículo 14.5 del RD 1110/2007 donde advierte de que si no les dejas cambiar el contador por el nuevo 'inteligente' te cortan la luz.

Las crisis de ansiedad y los efectos psicológicos han sido objeto de estudio por parte de esta Plataforma Ciudadana, llegando a la conclusión que más del 70% de las personas que reciben estas coacciones, sufren episodios de ansiedad, insomnio y depresión. Suficientes motivos como para Denunciar a la compañía eléctrica por amenazas y coacciones.

La obsesión de las compañías eléctricas por cambiar el dispositivo de telegestión (Contador Inteligente) ha llegado a unos extremos insoportables; llamadas telefónicas constantes, visitas inusuales de técnicos para realizar inspecciones y amenazar verbalmente al titular del punto de suministro, cortes ocasiones de luz, infunden miedo en sus conversaciones. Todo ello debido a unas estrategias comerciales aleccionadas con agresividad en centros especializados. 

Como si de una estrategia militar se tratara, las Eléctricas solo buscan aunque tengan que utilizar la fuerza, la sustitución pues con este nuevo dispositivo podrán hacer con la vida personal y familiar de su cliente lo que quieran.

Recordamos nuevamente que los Contadores Inteligentes no son obligatorios hasta el 31 diciembre de 2018, y que en la actualidad se encuentra Denunciado el Gobierno de España ante Bruselas por no transponer correctamente la Directiva Europea de Eficiencia Energética 2012/27/UE, en cuyos artículos 9, 10 y 11 se regulan estos dispositivos. El Gobierno todavía no ha incorporado a nuestra normativa nacional los mencionados artículos.

Si recibes este escrito, o de similares características, no dudes en contactar con el equipo jurídico de la Plataforma QAE. Llevamos más de 1.000 Demandas presentadas en los Juzgados de toda España y están siendo admitidas a trámite, pues la evidencia de la negligencia que comenten las compañías eléctricas es de tal envergadura, que se están produciendo verdaderas situaciones depresivas con verdaderos signos de desmoralización, lo cual se convierte en caldo de cultivo para tener a la población sometida psicológicamente a una presión innecesaria. 

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El artículo 14.5, segundo párrafo, del RD 1110/2007 establece que se podrá suspender el suministro eléctrico en caso de impago. No por impedir que te cambien el contador . 


 

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