marin-quemada-cnmcLa CNMC inicia un estudio sobre la competencia en el mercado de generación eléctrica en España. El informe forma parte de la labor de análisis de la competencia en las distintas actividades económicas en beneficio de los consumidores.

 

Se han detectado de forma preliminar la posible existencia de una serie de impedimentos al desarrollo de una competencia efectiva.

Las bases del proceso de liberalización del sector eléctrico se establecieron en 1997. Desde entonces la actividad de generación, junto con la de comercialización, se encuentra sometida a las normas de competencia. Sin embargo, aún no se ha logrado un funcionamiento plenamente competitivo y se han identificado ineficiencias. La actividad de generación de electricidad está experimentando importantes cambios regulatorios, estructurales y tecnológicos, que previsiblemente tendrán gran impacto en el funcionamiento del mercado a medio plazo.

Por esta razón, es necesario analizar el mercado eléctrico de generación para garantizar un funcionamiento competitivo y eficiente, que traslade los avances y las mejoras tecnológicas y económicas al consumidor final. El análisis preliminar efectuado ha puesto de manifiesto una serie de aspectos que podrían estar afectando al funcionamiento eficiente y a la competencia de dicho mercado.

El estudio tiene por objeto determinar el grado de concentración en el mercado de generación eléctrica y sus posibles implicaciones en términos de competencia, así como la formación de precios en el mercado a plazo y en el llamado “pool”. En concreto, se trata de esclarecer si determinados operadores ostentan una situación de poder de mercado susceptible de alterar el funcionamiento normal del mercado.

Entre las empresas que podrían encontrarse en la citada situación se encuentran aquéllas que cuentan con activos estratégicos cuya propiedad les otorga una ventaja competitiva. Esto les permite obtener beneficios extraordinarios que, sin embargo, no conllevan una entrada de nuevos operadores, dado el carácter insustituible de los activos que los generan.

Por otro lado, el poder de mercado puede manifestarse también en el denominado procedimiento de resolución de restricciones técnicas, dado que éste se circunscribe exclusivamente a la zona geográfica afectada por dichas restricciones y solo las centrales situadas en dicha ubicación pueden participar en resolverlas. Las empresas que intervienen en el procedimiento pueden percibir un precio superior al que obtienen en el mercado diario, por lo que podrían tener un incentivo adicional para retirar capacidad de éste y destinarla al procedimiento de resolución de restricciones técnicas.

¿ será una excusa más, como las ya vividas en los últimos años ?

o por el contrario, el Organismo Regulador se va a tomar en serio su Compromiso con la Sociedad ? 

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